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Trámites Civiles
Delegar Trámites a Terceros:
En Panamá, para procesos legales o solicitudes ante el Estado, es necesario contar con un abogado que represente legalmente. Sin embargo, para diligencias cotidianas, como el retiro de documentos o cobros, puedes autorizar a otra persona a través de una autorización notariada en la Notaría Octava.
Matrimonio Civil:
Para casarse civilmente en Panamá, se deben cumplir ciertos requisitos, como la presentación de certificados de nacimiento, soltería y salud, pruebas de laboratorio recientes, y la presencia de dos testigos no relacionados. Para extranjeros, los documentos deben ser apostillados o autenticados y, si es necesario, traducidos al español. Es posible celebrar el matrimonio en la Notaría Octava o solicitar que la Notaria acuda a una ceremonia privada.
Certificado de Nacimiento:
Los certificados de nacimiento se obtienen en el Tribunal Electoral o en centros autorizados.
Registro de Nacimiento en el Extranjero:
Para registrar a un hijo nacido en el extranjero como ciudadano panameño, se debe presentar una declaración jurada ante el Tribunal Electoral que acredite la paternidad o maternidad biológica. Esta declaración puede realizarse en la Notaría Octava.
Otorgar Testamento:
Para otorgar un testamento en la Notaría Octava, el otorgante debe acudir con tres testigos residentes en el Distrito de Panamá que no sean parientes, dependientes, herederos ni tengan relación con la notaria. Si el otorgante no habla español, se requieren dos traductores públicos autorizados.
Certificación de Existencia de Testamento:
En caso de fallecimiento, puedes solicitar en la Notaría Octava una certificación que indique si la persona dejó un testamento, lo cual es necesario para realizar una sucesión.
Contratos Privados:
Los contratos privados, como los préstamos entre particulares, pueden elevarse a escritura pública en la Notaría Octava para mayor seguridad jurídica.
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Trámites Comerciales
Venta de Automóvil o Vehículo:
Para vender tu automóvil, primero debes dirigirte al Municipio donde está registrado el vehículo y obtener la tarjeta de traspaso. Luego, tanto el vendedor como el comprador deben acudir a la notaría con sus documentos de identidad actualizados (cédula o pasaporte). Es importante que la firma en la tarjeta de traspaso coincida con la de las identificaciones presentadas.
Venta de Propiedad:
Si deseas vender una propiedad, es necesario realizar una escritura pública. Debes presentar el contrato de compraventa firmado, junto con las copias de las cédulas del vendedor y comprador, quienes deberán acudir a la notaría. En el caso de Sociedades Anónimas, se requiere la autorización correspondiente para efectuar la transacción. La escritura pública debe luego ser presentada al Registro Público de Panamá para su inscripción.
Es esencial que presentes las boletas de pago del 2% de impuesto de transferencia y el 3% de impuesto sobre la ganancia, calculados según el valor de la venta. Además, se deben adjuntar los paz y salvo del inmueble emitidos por la Dirección General de Ingresos y el IDAAN. Si se trata de un apartamento o propiedad horizontal, también se requiere el paz y salvo de la Administración del PH.
Documentación para una Nueva Compañía:
Toda sociedad anónima debe contar con un libro de acciones y un libro de actas. Puedes realizar la apertura de estos libros en la Notaría Octava de Circuito de Panamá, ya que son requisitos legales para la operación de la empresa.
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Trámites Migratorios
Procedimiento Formal para la Redacción y Autenticación de un Permiso de Salida de Menor en Panamá
1. Redacción de la Carta:
La carta de autorización debe estar dirigida al Servicio Nacional de Migración de Panamá, especificando el nombre completo del director de dicha entidad. El contenido de la carta debe incluir los siguientes elementos:
Datos del Menor: Nombre completo, número de identificación (cédula o pasaporte), y fecha de nacimiento.
Detalles del Viaje: Fecha prevista de salida, lugar de destino y duración del viaje.
Persona Autorizada para Viajar con el Menor: Si el menor viajará con un tercero, se debe incluir el nombre completo, número de identificación (cédula o pasaporte), y relación con el menor.
Autorización: Se debe especificar claramente si la autorización es otorgada por ambos padres o solo por uno de ellos.
2. Autenticación en la Notaría:
Una vez redactada la carta, los padres o tutores del menor deben acudir a una notaría para autenticar el documento. El procedimiento de autenticación varía según quién acompañe al menor en el viaje y quién otorga la autorización:
Si el menor viaja con un tercero: Ambos padres o tutores deben firmar la carta en presencia del notario, quien autenticará el documento con sus respectivas firmas y huellas dactilares.
Si el menor viaja con uno de los padres: Solo el padre o tutor que no acompañará al menor en el viaje debe firmar la carta, y su firma debe ser autenticada en la notaría.
Este proceso asegura que el documento cumple con los requisitos legales establecidos y es válido para su presentación ante las autoridades migratorias de Panamá.
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Trámites Adicionales
Si estás en Panamá y deseas formar una organización para causas sociales, ambientales o comunitarias, la figura ideal es una Organización No Gubernamental (ONG). Este tipo de entidad es supervisado por el Ministerio de Gobierno y requiere que formalices en una escritura pública los documentos aprobados por ellos, incluyendo el acta constitutiva y los estatutos de la asociación. Si en algún momento decides renovar la junta directiva o cambiar a los representantes, esos cambios también deben ser registrados formalmente en el Registro Público de Panamá. En la Notaría Octava, tenemos una amplia experiencia en la constitución de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro, y estamos listos para ayudarte a dar vida a tu proyecto.
¿Cómo puedo proteger mi patrimonio o propiedades?
En Panamá, una opción muy popular para proteger tu patrimonio es mediante la creación de una Fundación de Interés Privado. Esta figura legal te permite salvaguardar bienes, cuentas bancarias, y otros activos de manera segura. En la Notaría Octava, trabajamos en colaboración con expertos abogados y juristas para ofrecerte un servicio de alta calidad en la elaboración de las escrituras necesarias, asegurando que tus activos estén bien protegidos con rapidez y eficiencia.
¿Qué es una declaración de mejora?
Si eres propietario de un terreno y has realizado construcciones en él, es necesario que informes a las autoridades mediante una declaración de mejora. Este trámite implica notificar el valor de la edificación que has hecho. Además, cuando vendas la propiedad, deberás detallar en la escritura el valor de las mejoras junto con el valor del terreno. La Notaría Octava te acompañará en este proceso, garantizando que todo se realice correctamente.
¿Quiénes deben hacer una declaración de bienes patrimoniales?
Todo funcionario público de alto rango en Panamá está obligado a realizar una declaración de bienes patrimoniales. Este documento debe incluir un inventario completo de sus bienes y actividades económicas, y se debe presentar tanto al inicio como al final de sus funciones. La Notaría Octava está aquí para asistirte en la preparación y presentación de esta declaración con total confidencialidad y precisión.
He terminado de pagar mi hipoteca. ¿Qué hago ahora?
¡Felicidades por finalizar tu hipoteca! El siguiente paso es formalizar la Cancelación de Hipoteca, un trámite que se realiza en coordinación con el banco que te otorgó el préstamo. El banco certificará que no hay deudas pendientes y, como resultado, tu propiedad quedará libre de restricciones hipotecarias. En la Notaría Octava, estamos preparados para facilitar este proceso y asegurarnos de que se complete de manera eficiente y sin contratiempos.